Fin del cepo cambiario: qué restricciones se eliminan desde el lunes y cuáles seguirán vigentes

A partir del lunes 14 de abril, el Gobierno pondrá fin al cepo cambiario para personas humanas, que volverán a operar en el mercado único de cambios sin restricciones. Así lo confirmaron fuentes del sector bancario, que indicaron que desde esa fecha se podrá adquirir divisas a través del sistema financiero, sin el límite de USD 200 ni las condiciones que regían anteriormente.

Entre los cambios más relevantes se destaca la eliminación de la restricción cruzada de la Comunicación A7340, que obligaba a transferir a una cuenta bancaria cualquier dólar obtenido por operaciones financieras antes de poder reinvertirlo. También se suprimen los impuestos a la compra de divisas para atesoramiento y el plazo mínimo de tenencia (parking) para operaciones con valores negociables aplicable a personas humanas.

Además, desaparecen las limitaciones que alcanzaban a quienes habían recibido subsidios o asistencias como el ATP durante la pandemia.

En cambio, se mantendrá el denominado «dólar tarjeta»: los pagos en moneda extranjera con tarjeta de crédito o débito que se cancelen en pesos seguirán alcanzados por una percepción del 30%. No obstante, se estima que esta medida tendrá escaso impacto, ya que los usuarios podrán comprar dólares libremente y utilizar esos fondos para cancelar sus consumos en moneda extranjera, evitando así el recargo.

Desde entidades financieras aseguraron que estarán operativas desde el lunes para facilitar la compra y venta de divisas, aunque no descartaron la posibilidad de ajustes menores en el sistema durante las primeras horas. “Puede haber algún inconveniente, pero será menor y subsanable”, señalaron desde una de las principales entidades.

Qué restricciones seguirán vigentes

Pese al levantamiento del cepo para personas humanas, el nuevo esquema establecido por el Banco Central mantiene ciertas restricciones, especialmente para empresas.

En el caso de los minoristas, persistirá un tope mensual de USD 100 para compras en efectivo. Sin embargo, no habrá límites para adquirir dólares vía home banking, y posteriormente podrán ser retirados por caja.

Para las personas jurídicas, las mayores restricciones estarán vinculadas al giro de dividendos. Las empresas solo podrán acceder al mercado único de cambios para transferir utilidades a accionistas no residentes correspondientes a balances cuyos ejercicios comiencen a partir de enero de 2025. Esto significa que se permitirá el envío de dividendos generados a partir de este año, pero no los acumulados previamente.

Para hacer frente a obligaciones anteriores a esa fecha, el BCRA trabaja en el lanzamiento de una nueva serie de Bonos para la Reconstrucción de una Argentina Libre (Bopreal), que podrán ser adquiridos en pesos y utilizados para el pago de deudas o dividendos generados antes de 2025, así como deudas comerciales con fecha previa al 12 de diciembre de 2023.

Una fuente del mercado financiero indicó: “Las tesorerías más grandes aún no tienen resuelto el tema de los dividendos acumulados. Pero está claro que no se podía avanzar hacia una liberalización total sin un mecanismo para abordarlo. Esta solución da margen para trabajar en una salida”.

Desde la consultora Econviews señalaron que “un tipo de cambio real más alto contribuirá a la acumulación de reservas y a la competitividad de la economía. A su vez, el levantamiento parcial del cepo, como la habilitación del giro de nuevas utilidades, alentará la inversión y el crecimiento a mediano plazo”.

0 Interacciones
Conversación en Vivo
Comunidad Segura
🕒 Puedes volver a comentar en 60s...
Opiniones de la Comunidad

¿Nadie ha roto el hielo todavía?

Tu opinión es importante para nosotros. Sé la primera persona en dejar un comentario.

Empezar conversación ahora